Gobernanza · IA y Privacidad

DPIA y AI Act

Última actualización: junio 2026 · BioSync Intelligence S.L. · Madrid

Documento público de transparencia: BioSync Intelligence publica este resumen de su Evaluación de Impacto en Protección de Datos (DPIA) y su análisis de conformidad con el AI Act como compromiso de transparencia con sus usuarios. El documento completo está disponible para autoridades supervisoras bajo solicitud.

1. Evaluación de Impacto (DPIA — Art. 35 RGPD)

¿Por qué es obligatoria una DPIA?

El Art. 35 del RGPD exige una Evaluación de Impacto cuando el tratamiento implica datos de categoría especial (Art. 9) a gran escala, como los datos biométricos y de salud que procesa BioSync. La DPIA analiza los riesgos para los derechos y libertades de los interesados y las medidas para mitigarlos.

Riesgos identificados y medidas

2. Conformidad con el AI Act (Reglamento UE 2024/1689)

Clasificación de riesgo

Conforme al Art. 6 y Anexo III del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial, los sistemas de IA de BioSync están clasificados como riesgo bajo por las siguientes razones:

Modelos de IA y sus funciones

Medidas de transparencia y explicabilidad

3. Gobernanza y roles

4. Principios éticos

5. Contacto y reclamaciones

Para consultas sobre esta DPIA o sobre el uso de IA en BioSync: dpo@biosyncintelligence.com

Para reclamaciones ante la autoridad supervisora: Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)